Registrarse como operador drones UAS AESA

Los operadores de UAS que pretendan realizar actividades tanto recreativas como profesionales deberán hacer el registro del dron y registrarse en AESA como operador de drones UAS. El registro como operador de UAS en AESA es gratuito y se realiza a través de su sede electrónica. Deben hacer el registro en AESA como piloto de dron:

  • Todos los pilotos de drones que vuelen drones de peso superior a 250 gr. o que tengan una fuerza de impacto superior a 80 julios.
  • Los pilotos que vuelen drones de menos de 250 gr. que contengan sensores que capturen imagen o audio y no estén considerados juguetes según la normativa 2009/48/CE.

El registro se puede hacer tanto online como de forma presencial, y si bien el realizarlo de forma online es lo más recomendable y rápido, la página de AESA está dando todo tipo de errores con los certificados digitales, las claves de firma o los propios campos del formulario a rellenar.

¿Qué hace falta para volar un dron?

Los operadores deberán registrarse como operador de drones UAS en el registro de AESA como piloto de dron e indicar su número de registro en las aeronaves no tripuladas. Tienen que realizar vuelos de bajo riesgo que están dentro de la categoría abierta. No permiten sobrevolar grupos de personas, transporte de materiales o mercancías peligrosas ni operaciones autónomas. En esta categoría no hace falta autorización previa ni declaración del operador porque son considerados de “bajo riesgo” pero sí hay que cumplir una serie de requisitos imprescindibles.

  • Pilotos de más de 16 años o supervisión directa de piloto remoto
  • Registro del operador UAS en AESA
  • Aprobación de formación teórica o examen, según la subcategoría
  • Mantener el dron en la línea de visión
  • Altura máxima de 120 metros
  • Masa máxima de despegue de menos de 25 kilogramos

¿Qué hace falta para registrarse como operador de drones UAS en AESA?

Recomendamos registrarse en AESA como operador de drones UAS con certificado digital ya que es un registro más fluido y por experiencia la página de AESA trabaja mucho mejor que con el DNI Electrónico además podrás realizar cualquier trámite en la Administración pública.

Para realizar el trámite de solicitud del certificado digital debes descargarte primero el software a tu ordenador de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a continuación:

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Una vez obtenido el Certificado Digital, descargado el software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre es momento de solicitar el registro en la página de AESA.

¿Cómo registrarse como operador de drones AESA con Certificado Digital?

  • Primero debes realizar el registro en AESA y en unos días recibirás un mail aceptando tu registro al correo con el que te registraste
  • Segundo tienes que registrarte como operador en el enlace del correo que has recibido. Aquí es donde vas a empezar a utilizar realmente el software que te has descargado, deberás firmar todos los documentos que presentes.
  • Tercero debes registrar tu dron con el número de serie y marca en la web de AESA. Es muy intuitivo pones la marca y modelo y te genera todas las características del dron.

ENTRA AL REGISTRO

Cuando haya realizado el registro recibirás un certificado de registro de operador, este número de identificación es único e intransferible y debe de mantenerse en privado, así que procura no compartirlo para que nadie pueda hacer mal uso del mismo. Este número de identificación de operador se lo tendrás que añadir al electronic ID de tus drones (cuando ya cuenten con el sistema de e-ID) y al mismo tiempo tendrás que imprimirlo sobre una pegatina y pegarlo en tu dron .

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¿Qué hace falta para volar un dron?

Todo el mundo deberá acreditar conocimiento en el vuelo de aeronaves y registro en AESA. La nueva normativa establece tres categorías diferentes según el riesgo de la operación: abierta, específica y certificada. Para volar drones en la categoría abierta de la nueva Normativa UAS, es obligatorio superar el examen en AESA, que puede ser de Nivel 1 o Nivel 2 (dependerá según el riesgo). Por su parte, para volar en categoría específica, hay que superar el examen de AESA de Nivel 3, para operar en los escenarios estándar contemplados en ella. Categoría abierta:

C0 Características:

  • Su masa máxima al despegue es inferior a 250 gramos y su velocidad máxima en vuelo horizontal es de 19 m/s.
  • Su altura máxima se limita a 120 metros por encima del punto de despegue.
  • Si tiene modo sígueme, este se establecerá con una distancia mínima entre el drone y el piloto de 50 metros. El piloto deberá poder recuperar el control cuando lo necesite.

C1 Características:

  • No tendrá una masa máxima de despegue superior a 900 gramos.
  • Limitado a 120 metros de altura máxima alcanzable por encima del punto de despegue.
  • Será controlable de forma segura por el piloto.
  • Resistente para aguantar toda tensión durante su uso sin ninguna rotura o deformación.
  • Sin bordes cortantes y con hélices limitadas para reducir al mínimo las lesiones a terceros en caso de accidente.
  • Tendrá una identificación a distancia directa que permita cargar el número de registro de la operadora del dron.
  • Dispone de luces para controlar y ver la aeronave de noche. Deberán ser visibles tanto desde el aire como desde tierra.

C2 Características

  • Tener una masa máxima al despegue inferior a 4 kg, incluida la carga útil.
  • El enlace de datos estará protegido contra el acceso no autorizado a las funciones demando y control.
  • Dispone de un modo de baja velocidad que el piloto puede seleccionar a distancia y que limite la velocidad máxima de crucero a no más de 3 m/s.
  • Estar equipado con un sistema de geoconsciencia.
  • El modo sígueme se establecerá con una distancia mínima entre el drone y el piloto de 50 metros.
  • Se acompañará del manual de usuario obligatorio.
  • Son drones con una masa máxima al despegue de hasta 25 kg.
  • Con una dimensión máxima inferior a 3 metros.
  • Irá acompañado de un manual de usuario.

C3 Características:

  • Son drones con una masa máxima al despegue de hasta 25 kg.
  • Con una dimensión máxima inferior a 3 metros.
  • Irá acompañado de un manual de usuario.
¿Necesito seguro para volar un dron UAS en 2021?

Con la entrada en vigor de la Normativa Europea de Drones en enero de 2021, EASA (la Agencia Europea de Seguridad Aérea) en concepto de seguro de drones delega la norma a AESA. Han publicado recientemente que durante el transitorio, y hasta que se apruebe el RD UAS, es obligatorio el seguro de responsabilidad civil para todos los drones independientemente de su peso y de su uso excepto los drones de clase C0 por debajo de 250 gr no necesitarán dicho seguro.

Tras la modificación de la Ley de Navegación Aérea, y hasta la entrada en vigor del Real Decreto de UAS en diciembre de 2023 que complete el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas, será necesario tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice (tanto fines recreativos como profesionales) de acuerdo con los artículos 11 y 127 de la Ley de Navegación Aérea:

  • Los UAS con una MTOM igual o superior a 20Kg con fines profesionales deben ajustarse al Reglamento 785/2004, y;
  • Los UAS profesionales con MTOM igual o inferior a 20Kg y aquellos con fines recreativos se deberán ajustar a lo indicado en el Real Decreto 37/2001, de 19 de enero, por el que se actualiza la cuantía de las indemnizaciones por daños prevista en la Ley de Navegación Aérea.

¿Dónde están prohibidos los drones?

La aplicación ENAIRE Drones sirve para poder planificar el vuelo de drones desde cualquier dispositivo móvil de tipo Android o IOS. Es una aplicación para volar drones de forma segura desde dispositivos móviles. A través de esta app, se presenta el mapa del espacio aéreo de España indicando las zonas donde está permitido el uso de estas aeronaves tripuladas por control remoto. Ya está disponible de forma gratuita para en la plataforma de Google Play y, para iOS.

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