De acuerdo con el Real Decreto 517/2024, los operadores de drones UAS (Sistemas Aéreos no Tripulados) que realicen actividades recreativas o profesionales deben registrarse obligatoriamente en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). El registro de operador de drones es gratuito y puedes hacerlo a través de su sede electrónica.
¿Quiénes deben registrarse en AESA?
El registro en AESA es obligatorio para:
- Operadores de drones con un peso superior a 250 gramos o que tengan una fuerza de impacto superior a 80 julios.
- Pilotos de drones con un peso inferior a 250 gramos, pero que cuenten con sensores que capturen imagen o sonido (cámaras, micrófonos, etc.) y no estén clasificados como juguetes bajo la Directiva 2009/48/CE.
Proceso de Registro
El registro de operador de drones puede hacerse online o presencialmente, aunque se recomienda el formato online por su rapidez. La sede electrónica de AESA permite el registro utilizando un certificado digital.
Pasos para el Registro Online:
- Accede a la sede electrónica de AESA.
- Utiliza un certificado digital para realizar el registro de manera más fluida.
- Recibirás un correo electrónico de confirmación una vez completado el proceso.
- Registra tu dron incluyendo el número de serie, marca y características del equipo.
¿Qué se necesita para volar un dron en la categoría abierta según el Real Decreto 517/2024?
El Real Decreto 517/2024 clasifica los vuelos de drones en la categoría abierta como operaciones de bajo riesgo, siempre que se cumplan ciertos requisitos básicos.
Requisitos para la categoría abierta:
- Ser mayor de 16 años o volar bajo la supervisión de un piloto remoto autorizado.
- Mantener el dron dentro de la línea de visión directa del piloto.
- No exceder los 120 metros de altura sobre el terreno.
- Peso máximo al despegue de 25 kg.
- Registro como operador en AESA obligatorio.
- Aprobar la formación teórica o examen correspondiente a la subcategoría en la que se opere el dron.
- No se permite el sobrevuelo de grupos de personas, el transporte de mercancías peligrosas ni las operaciones autónomas.
¿Qué hace falta para el registro operador de drones en AESA?
Recomendamos el registro en AESA como operador de drones UAS con certificado digital ya que es un registro más fluido y por experiencia la página de AESA trabaja mucho mejor que con el DNI Electrónico además podrás realizar cualquier trámite en la Administración pública.
Para realizar el trámite de solicitud del certificado digital debes descargarte primero el software a tu ordenador de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre a continuación:

Una vez obtenido el Certificado Digital, descargado el software de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre es momento de solicitar el registro en la página de AESA.
¿Cómo el hacer registro de operador de drones en AESA con Certificado Digital?
- Primero debes realizar el registro en AESA y en unos días recibirás un mail aceptando tu registro al correo con el que te registraste
- Segundo tienes que registrarte como operador en el enlace del correo que has recibido. Aquí es donde vas a empezar a utilizar realmente el software que te has descargado, deberás firmar todos los documentos que presentes.
- Tercero debes registrar tu dron con el número de serie y marca en la web de AESA. Es muy intuitivo pones la marca y modelo y te genera todas las características del dron.
ENTRA AL REGISTRO
Cuando haya realizado el registro recibirás un certificado de registro de operador, este número de identificación es único e intransferible y debe de mantenerse en privado, así que procura no compartirlo para que nadie pueda hacer mal uso del mismo.

¿Qué drones se deben registrar?
- Categoría C0:
- Peso inferior a 250 gramos.
- Velocidad máxima de 19 m/s.
- Altura máxima de 120 metros.
- Si tiene modo «sígueme», debe mantenerse a una distancia mínima de 50 metros del piloto.
- Categoría C1:
- Peso inferior a 900 gramos.
- Altura máxima de 120 metros.
- Drones equipados con identificación a distancia directa y luces visibles para vuelos nocturnos.
- Categoría C2:
- Peso inferior a 4 kg.
- Equipado con sistema de geoconsciencia.
- Modo de baja velocidad limitado a 3 m/s.
- Control remoto protegido contra accesos no autorizados.
- Categoría C3:
- Peso inferior a 25 kg.
- Longitud máxima inferior a 3 metros.
- Equipado con manual de usuario obligatorio.
¿Qué ha de hacerse una vez se obtenga el número de registro de operador de UAS?
Una vez te hayas podido registrar como operador drones uas, recibirás un número de identificación único e intransferible. Este número debe:
- Ser añadido al e-ID de los drones (cuando el sistema esté disponible).
- Ser impreso en una etiqueta visible que se colocará en el dron.
- Validez de 2 años.
Seguro Obligatorio para Drones según el Real Decreto 517/2024
De acuerdo con el Real Decreto 517/2024, es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para cualquier dron, independientemente de su peso o uso (recreativo o profesional), exceptuando los drones de clase C0 de menos de 250 gramos. Este seguro debe cubrir los posibles daños causados a terceros durante el vuelo.
Requisitos del seguro:
- Drones con una MTOM (Masa Máxima al Despegue) igual o superior a 20 kg deben cumplir con el Reglamento 785/2004.
- Drones con una MTOM inferior a 20 kg, tanto recreativos como profesionales, deben cumplir con lo indicado en el Real Decreto 37/2001, que establece las cuantías mínimas de indemnización en caso de daños.
Zonas Restringidas y Aplicación ENAIRE Drones
Es importante planificar el vuelo utilizando la aplicación ENAIRE Drones, que proporciona un mapa del espacio aéreo español e indica las zonas restringidas o donde está prohibido volar. La app está disponible para dispositivos iOS y Android, y permite garantizar un vuelo seguro cumpliendo con la normativa vigente.
